Resolución 1326 de 2017: Posconsumo de llantas usadas en Colombia
La Resolución 1326 de 2017 regula los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas en Colombia. Establece responsabilidades para los productores incluidos en su ámbito de aplicación y organiza la devolución y gestión de las llantas cuando terminan su vida útil.
Entender esta norma es fundamental para las empresas que fabrican o importan llantas, así como para quienes importan determinados vehículos con sus llantas. A continuación, explicamos cómo identificar las obligaciones y qué revisar al elegir un sistema posconsumo.
¿Qué es el posconsumo de llantas?
El posconsumo de llantas comprende los mecanismos para recolectar y gestionar las llantas usadas, evitando su abandono y facilitando alternativas de aprovechamiento.
La Resolución 1326 de 2017, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reemplazó la Resolución 1457 de 2010. Su propósito es prevenir y controlar los impactos ambientales asociados al manejo de estos residuos.
¿A quién aplica la Resolución 1326 de 2017?
La definición de productor comprende, entre otros, a quienes fabrican llantas con marca propia, comercializan con marca propia llantas fabricadas por terceros o importan llantas para el mercado nacional.
También contempla la importación de los vehículos incluidos en la norma y determinados casos de fabricación o ensamble con llantas importadas.
La obligación de implementar un sistema depende de la actividad, el tipo de producto y las cantidades anuales.
Umbrales de llantas y vehículos
La ANLA señala que la obligación aplica cuando se superan los siguientes umbrales dentro de un mismo año fiscal:
| Categoría | Umbral de llantas | Umbral de vehículos |
|---|---|---|
| Bicicletas | 200 | 100 |
| Motocicletas y similares | 200 | 100 |
| Automóviles | 150 | 40 |
| Camionetas y microbuses | 100 | 20 |
| Busetas, buses y camiones | 50 | 10 |
| Tractomulas y buses troncales | 50 | 5 |
| Vehículos fuera de carretera | 5 | 3 |
Estos valores corresponden a los umbrales de aplicación; no son las cantidades que deben recolectarse. La meta de gestión se calcula por separado.
¿Cuál es la diferencia entre sistema posconsumo y gestor?
El sistema posconsumo organiza el cumplimiento de las obligaciones de los productores.
El gestor desarrolla actividades de manejo de las llantas usadas, como almacenamiento, reencauche o aprovechamiento, según su operación. Los gestores deben inscribirse ante la autoridad ambiental competente donde realizan sus actividades.
Una empresa puede desempeñar ambos roles, pero es importante verificar los documentos que respaldan cada uno.
¿Cómo se determina la meta de recolección?
El porcentaje aplicable depende de la categoría de llanta y del año de gestión. También es necesario distinguir el periodo utilizado como base de cálculo y el año en que se presenta el informe.
Antes de calcular una obligación, conviene revisar las tablas oficiales y organizar las cantidades correspondientes a cada categoría. Aplicar un mismo porcentaje a todas las llantas puede producir errores.
¿Qué deben hacer los productores?
Los productores incluidos en el ámbito de aplicación de la Resolución 1326 de 2017 deben formular, presentar, implementar y mantener actualizado un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas.
Puede ser individual o colectivo. Se presenta a la ANLA por la plataforma VITAL para su evaluación y aprobación.
Cada año, a más tardar el 31 de marzo, deben radicar el informe de actualización y avance con lo recogido y gestionado el año anterior, respaldado con los certificados y demás soportes correspondientes.
También deben asumir los costos del sistema, establecer mecanismos de recolección accesibles, garantizar el transporte hasta la gestión ambiental e informar a los consumidores cómo devolver las llantas.
Metas de recolección y gestión ambiental
Cada año deben recolectarse y gestionarse las cantidades que correspondan según la categoría de llanta, el porcentaje aplicable y el periodo base de cálculo.
- Llantas de rin 13 a 22,5 pulgadas: la tabla publicada por la ANLA señala una meta del 80 % para 2023 y del 85 % para 2024. Para las siguientes vigencias debe verificarse la disposición aplicable.
- Bicicletas, motocicletas y vehículos fuera de carretera: la meta comenzó en el 20 % en 2019 y aumenta progresivamente hasta el 65 % en 2028. Para el año de gestión 2026 corresponde al 55 %.
El año de gestión y el año de presentación del informe son diferentes: la gestión realizada durante 2026 se reporta en 2027.
La gestión ambiental contempla el reencauche y el aprovechamiento, incluidas alternativas como el reciclaje y la valorización energética. La jerarquía de gestión prioriza la prevención y, cuando corresponda, el reencauche antes del aprovechamiento.
¿Qué responsabilidad tiene cada actor?
- Distribuidores y comercializadores: participan en los sistemas, apoyan los puntos de recolección, reciben las llantas usadas de los consumidores sin cobro por su recepción en las condiciones previstas por la norma e informan sobre los mecanismos de devolución.
- Consumidores: devuelven las llantas usadas en los puntos o mecanismos establecidos y siguen las instrucciones para su entrega.
- Montallantas: entregan las llantas usadas en los puntos de recolección o mecanismos equivalentes definidos por los sistemas.
- Gestores de reencauche, almacenamiento y aprovechamiento: se inscriben ante la autoridad ambiental competente donde desarrollan sus actividades y entregan los certificados correspondientes a la gestión realizada.
- Municipios y distritos: apoyan las campañas de información y las acciones para prevenir el abandono de llantas usadas en el espacio público.
- Titulares de licencias ambientales del sector minero: desde 2021 deben gestionar la totalidad de las llantas usadas de los vehículos utilizados en sus actividades mineras y presentar el reporte anual correspondiente, a más tardar el 31 de enero.
¿Qué revisar antes de elegir un sistema?
Además de la propuesta económica, recomendamos solicitar:
- El acto administrativo de aprobación del sistema.
- La identificación de los gestores participantes.
- Los soportes de inscripción que correspondan.
- Información sobre las instalaciones y los procesos realizados.
- Una explicación de cómo se documentan las cantidades recibidas y gestionadas.
- El alcance del acompañamiento para la empresa afiliada.
Estos documentos ayudan a conocer quién organiza el sistema, quién procesa las llantas y cómo se respalda la información.
¿Por qué es importante la trazabilidad?
Para una empresa, conocer el destino de sus llantas permite evaluar el servicio recibido y conservar evidencia de la gestión.
Recomendamos verificar que los soportes permitan relacionar la entrega, el tipo de llanta, las unidades, el peso y el proceso realizado. También conviene solicitar claridad sobre el destino de los materiales recuperados.
Un certificado debe revisarse junto con los soportes de la operación que documenta.
ECO TIRE GREEN: sistema posconsumo y gestor con planta propia
En ECO TIRE GREEN S.A.S. integramos dos funciones: somos un sistema colectivo posconsumo de llantas y un gestor con planta propia de trituración mecánica.
Nuestro sistema fue autorizado por la ANLA mediante la Resolución 000315 del 27 de febrero de 2025.
Acompañamos a las empresas en la identificación de sus obligaciones y desarrollamos el procesamiento de llantas usadas en nuestra planta de Bogotá.
Mediante la trituración mecánica recuperamos materiales como caucho y acero. Producimos gránulo y polvo de caucho para aplicaciones como canchas sintéticas, pisos y asfalto modificado, según las especificaciones de cada producto.
¿Tu empresa necesita vincularse a un sistema posconsumo?
Si importas llantas o vehículos con llantas, el primer paso es revisar tu actividad, las categorías y las cantidades anuales.
En ECO TIRE GREEN te orientamos para identificar las obligaciones aplicables y conocer nuestra modalidad de vinculación al sistema colectivo.
Contáctanos:
313 272 3351 · 322 366 5503
www.ecotiregreen.com
