Resolución 1326 de 2017: guía clara para gestionar sus llantas usadas en Colombia

Las llantas usadas no se pueden botar a la basura, enterrar ni quemar. Eso lo establece la Resolución 1326 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expedida el 6 de julio de 2017, que reemplazó a la Resolución 1457 de 2010.

La idea es sencilla: quien pone llantas en el mercado es responsable de recogerlas y gestionarlas cuando ya no sirven.

¿Quién debe cumplirla?

Los productores de llantas: quienes las fabrican, las importan o las venden con marca propia. También quienes importan, fabrican o ensamblan vehículos. La norma aplica solo si se superan estas cantidades al año:

Umbrales de la Resolución 1326 de 2017: la norma aplica si se superan estas cantidades al año
Tipo de llanta Llantas por año Vehículos por año
Bicicletas 200 100
Motocicletas y similares 200 100
Automóviles 150 40
Camionetas y microbuses 100 20
Busetas, buses y camiones 50 10
Tractomulas y buses troncales 50 5
Vehículos fuera de carretera 5 3

¿Qué deben hacer los productores?

Crear un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas. Puede ser individual o colectivo (varios productores juntos). Se presenta a la ANLA por la plataforma VITAL para que lo apruebe.

Cada año, a más tardar el 31 de marzo, deben radicar un informe con lo recogido y gestionado el año anterior, respaldado con los certificados de los gestores.

También deben asumir los costos del sistema, ofrecer puntos de recolección accesibles, garantizar el transporte hasta la gestión final e informar a los consumidores cómo devolver las llantas.

Metas de recolección

Cada año hay que recoger y gestionar un porcentaje mínimo de las llantas puestas en el mercado.

  • Rin 13″ a 22,5″ (automóviles, camionetas, buses, camiones y tractomulas): la meta subió del 45 % en 2017 al 80 % en 2024, y ese es el mínimo desde entonces.
  • Bicicletas, motocicletas y vehículos fuera de carretera: empezó en 20 % en 2019 y llegará a 65 % en 2028. Para 2026 es de 55 %.

«Gestión ambiental» significa reencauche y aprovechamiento (reutilización, reciclaje o valorización energética). La norma pone el reencauche como primera opción y el aprovechamiento como segunda.

Qué le toca a cada actor

  • Distribuidores y comercializadores: reciben las llantas usadas sin costo para el cliente, dan espacio para el punto de recolección e informan al consumidor.
  • Consumidores: devuelven las llantas usadas en los puntos de recolección.
  • Montallantas: entregan las llantas usadas en los puntos o mecanismos que definan los sistemas.
  • Gestores (reencauche, almacenamiento y aprovechamiento): se inscriben ante la autoridad ambiental de su zona y entregan certificados al sistema.
  • Municipios: evitan el arrojo de llantas en la calle y apoyan las campañas de información.
  • Minería: desde 2021, quienes tienen licencia ambiental deben gestionar todas las llantas de sus vehículos mineros y reportar cada año, a más tardar el 31 de enero.

El certificado de gestión ambiental: la prueba de que se cumplió

Cuando una llanta usada llega a un gestor, el productor necesita un documento que demuestre qué pasó con ella. Ese documento es el certificado de gestión ambiental. La resolución obliga al gestor a entregarlo al sistema del productor, y el productor lo anexa al informe anual que radica ante la ANLA.

El certificado debe dejar claro:

  • Quién es el gestor: razón social, NIT, representante legal y dirección
  • Cuándo recibió las llantas
  • Qué tipo de llantas recibió, cuántas unidades y cuántos kilos
  • Qué proceso realizó: reencauche, reciclaje o valorización energética
  • A qué sistema o productor corresponde
  • Qué se hizo con lo que salió del proceso

En Ecotiregreen expedimos este certificado. En él indicamos el tipo, la cantidad y el peso de las llantas recibidas, el proceso realizado y el destino de los subproductos: nuestro gránulo ECO T2, ECO T4 y ECOPOLVO, que se usa en asfaltos modificados, canchas sintéticas, productos postformados, valorización energética y proyectos de urbanismo.

Lo que está prohibido

  • Abandonar llantas usadas, sea en la calle o en cualquier otro lugar
  • Enterrarlas
  • Llevarlas a rellenos sanitarios
  • Acumularlas a cielo abierto (salvo las excepciones del Anexo I)
  • Quemarlas
  • Usarlas como combustible sin cumplir la norma ambiental

Cómo almacenarlas

La resolución fija plazos máximos según el sitio:

  • Contenedores: hasta 18 meses
  • Bodegas cubiertas: hasta 12 meses
  • Cielo abierto: hasta 3 meses, solo en sitios de aprovechamiento

Todo lugar de almacenamiento debe tener medidas contra incendios y plan de emergencia. Además, el agua estancada dentro de las llantas atrae zancudos.

¿Qué hacer con una llanta usada?

Reencauchar cuando sea posible y, si ya no se puede, aprovecharla. Una opción es triturarla para obtener gránulo de caucho reciclado (GCR), que se usa en canchas sintéticas, pisos y asfalto modificado. Es justo lo que hacemos en Ecotiregreen, en Bogotá.

Lo que puede cambiar

El Ministerio publicó a comentarios un borrador para modificar esta resolución, con más trazabilidad y seguimiento. Sigue siendo un proyecto y hoy rige el texto de 2017. Si su empresa importa o vende llantas, conviene seguirlo de cerca.

¿Necesita disponer sus llantas usadas?

Si usted fabrica, importa o comercializa llantas, necesita un gestor que las reciba, las procese y le entregue el certificado que respalda su informe ante la ANLA. En Ecotiregreen lo hacemos desde Bogotá. Conozca cómo gestionar sus llantas, si es importador, o contáctenos al (313) 272 3351 o (322) 366 5503.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *