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Importadores

El compromiso principal del importador con la Resolución 1326 de 2017 es vincularse a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas (SRS). Esto implica que, al superar los umbrales establecidos por la resolución en términos de importación, debe formar parte de un sistema que gestione de manera ambientalmente responsable las llantas usadas, garantizando su recolección, tratamiento y disposición final.

¿Qué es la Resolución 1326 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible?

La resolución tiene por objeto establecer a cargo de los productores de llantas que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar y mantener actualizados los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas con el fin de prevenir y controlar la degradación del ambiente. A su vez, establece que a partir de 2019 deberán adaptarse a la meta de recolección y gestión ambiental otros vehículos (bicicletas, motocicletas, motociclos, clicomotor, moped y llantas fuera de carretera).

¿Qué se entiende por productor de llantas según la norma?

De acuerdo con la Resolución 1326 de 2017, se considera productor de llantas a la persona natural o jurídica que, independientemente del método de venta utilizado, cumple alguna de las siguientes condiciones:

Conozca los umbrales según la norma

Nuestros umbrales

Tipo de llanta o vehículo: Bicicleta
Umbral de No. llantas: 200
Umbral de No. vehiculos: 100

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